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Ediciòn 287

El batallón indiscreto
ENRIQUE JAVIER CRUZ ROMERO

 

La política ha dejado de ser una política de ideales
para convertirse en una pol
ítica de programas
Enrique Tierno Galv
án
(Político, sociólogo y ensayista español)

 

MUY APRECIABLES LECTORES: me llama la atención y lo platicaba con una colega abogada del ejército mexicano; el por qué a estas alturas dan a conocer que Sedena realiza labores de espionaje, muy al estilo de la extinta KGB, la CIA y el FBI de Estados Unidos.

 

LO QUE SORPRENDE de este asunto, y es algo que hasta el momento no se hadado a conocer en los medios de comunicación, es la manera en que algunos personajes de la farándula mexicana, presuntamente son espiados por el ejército mexicano por tener vínculos con los personajes políticos más influyentes de este país.

El medio del espectáculo y la política, sin duda juegan un papel muy importante en todas las sociedades. En Inglaterra en la época de sir William Shakespeare, los guiones tenían "mensajes cifrados", mediante los cuales la corona inglesa mantenía un control; a través de la información de los grupos de poder, tanto opositores como los miembros del gobierno.

Edgar Hoover; director fundador del FBI, en Estados Unidos; tenía expedientes secretos de los affairs de políticos como: John F Kennedy, Robert Kennedy, Richard Nixon, Gerald Ford y Lyndon B Johnson. Y el ex director del FBI usaba a las actrices del momento para espiar a empresarios, políticos, militares y líderes religiosos.

Hoover.
Hoover.

El medio del espectáculo, es una oficina "paralela" al gobierno; para conocer el lado flaco del político. Por eso usan actrices y actores. Nada es nuevo damas y caballeros. Sin embargo es importante considerara que, los usos y costumbres sociales se han visto afectados por este desarrollo vertiginoso de las tecnologías de la información originándose situaciones de hecho y jurídicas nuevas que la legislación no ha previsto; estando a que la información en esta nueva sociedad y economía informática cumple un papel fundamental en tanto el ciudadano, la empresa privada o entidad pública que no obtenga la información necesaria para desarrollarse en sus actividades sociales y económicas o para realizar sus funciones no podrá acondicionarse a la nueva sociedad y economía de la información; no podrá participar de las ventajas y oportunidades que brinda el estar oportunamente informados; desmejorando su calidad de vida o su función.

En este desarrollo vertiginoso de la tecnología e informática que implica la posibilidad de obtener información así como de difundirla también se advierte el peligro de ciertos aspectos existenciales o de la personalidad humana generados por el avance de la tecnología de la información como es la vida privada; dado que cuando los actos del ser humano, sus convicciones, opiniones, creencias son captados, almacenados y ordenados mediante las computadoras u ordenadores, la libertad de los seres humanos disminuye al ser capturado como un elemento más de la sociedad de la información; haciéndolo carecer de individualidad e identidad personal; de allí la necesidad de contar con un Derecho de las Nuevas Tecnologías, que regule la libertad de información como factor indispensable para el desarrollo del individuo y la sociedad y que manifieste sus límites para defender los márgenes de privacidad necesarios para el normal desarrollo de la personalidad humana.

Esta situación ha generado el surgimiento de un nuevo derecho a la libertad informática que implica tanto el derecho del individuo a negarse a brindar información sobre si mismo y el derecho a pretender información concernida a su persona o personalidad; en suma controlar la identidad personal informática a través del consentimiento para preservar, acceder, o rectificar datos informativos referidos a la vida privada de las personas.

En ésta perspectiva de la libertad informática, el Derecho a la Intimidad cobra una dimensión mayor al buscar garantizar la intrusión no consentida sobre aspectos de la vida que uno reserva para sí y la información sobre la misma y que además debe proteger el desarrollo de la libertad personal.

Como parte de los compromisos y exigencias de la llamada: Iniciativa Mérida en esta administración, la Secretaría de la Defensa Nacional compró equipo para radiocomunicaciones, radares terrestres y tecnologías satelitales por 4 mil 484.4 millones de pesos, adicionales al gasto discrecional de casi 5 mil millones en equipo de espionaje adquirido con la empresa Security Tracking Devices, S.A. en un lapso de un año.

Al respecto, una fuente militar consultada señaló que existen gastos en equipo tecnológico que no figuran en los programas hacendarios y que se realizan de manera discrecional o sin licitación de por medio por razones de seguridad nacional.

Entre los gastos que sí son públicos figura, en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2009, la adquisición de equipos de radio de alta frecuencia por mil 991 millones de pesos; también en 2011 se autorizó comprar equipos de radiocomunicación de tecnología de punta por 219 millones 616 mil pesos.

Este último proyecto constó de sistemas de comunicaciones para soportar el tráfico de información de voz y datos entre mandos territoriales y las tropas desplegadas en el territorio nacional.

En el mismo 2011, la Sedena concretó la adquisición de radares militares terrestres, tridimensionales (azimut, distancia y altitud) de estado sólido, con tecnología de punta, por 2 mil 273 millones 535 mil pesos. Aun así, la dependencia reporta un déficit de 500 millones de pesos para reforzar sus sistemas de transmisiones.

Según datos oficiales, en el año 2012, la Defensa Nacional requirió de 389.6 millones de pesos para comprar enlaces de radiocomunicación y para sustituir tecnologías análogas por digitales. Los recursos tampoco fueron otorgados. De acuerdo con los proyectos de inversión enviados a la Secretaría de Hacienda, la Sedena plantea como urgente la sustitución de equipos para enlaces de microondas que han rebasado su tiempo de vida útil. Sólo este proyecto requiere de 27 millones 639 mil pesos.

 

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También solicitó 218.5 millones de pesos para comprar tecnología de vanguardia que soporte el tráfico de información de voz y datos para las Regiones y Zonas que aún no cuentan con ese servicio. Incluso proyecta sustituir su Sistema Trunking, que son los equipos que integran el sistema de radiocomunicación (analógico) obsoleto de la Sedena por equipos de tecnología digital con un costo de 99 millones 359 mil pesos.

Otra proyecto pendiente es la adquisición de estaciones remotas de comunicación satelital fija y que consiste en la adquisición de equipo de comunicación satelital fija en la banda Ku, de nueva tecnología para sustituir y actualizar las tecnologías sky, performer, sky wan y gilat dial away por 44.2 millones de pesos.

La dependencia militar requiere además tres subsistemas de amplificación de señales radiofrecuencia que sustituirán las cadenas de radiofrecuencia obsoletas de los centros principales de administración y control satelital de la Secretaria. Para ese programa necesitan 14 millones 126 mil pesos. La Sedena gastó en el último año más de 5 mil millones de pesos en equipo especial para intervenir comunicaciones y mensajes de teléfonos celulares.

Estimados amigos, recordemos que en México el simple hecho de intervenir comunicaciones privadas, sin la autorización de un juez; constituye un acto violatorio de garantías constitucionales y tiene su fundamento en el siguiente artículo de nuestra carta magna:

ARTICULO 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. Las comunicaciones privadas son inviolables: la ley sancionara penalmente cualquier acto que atente contra la libertad y privacía de las mismas. exclusivamente la autoridad judicial federal, a petición de la autoridad federal que faculte la ley o del titular del ministerio publico de la entidad federativa correspondiente, podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada. Para ello, la autoridad competente, por escrito, deberá fundar y motivar las causas legales de la solicitud, expresando además, el tipo de intervención, los sujetos de la misma y su duración. La autoridad judicial federal no podrá otorgar estas autorizaciones cuando se trate de materias de carácter electoral, fiscal, mercantil, civil, laboral o administrativo, ni en el caso de las comunicaciones del detenido con su defensor.

Las intervenciones autorizadas se ajustaran a los requisitos y limites previstos en las leyes. Los resultados de las intervenciones que no cumplan con estos, carecerán de todo valor probatorio.



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